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PROGRAMA DE AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE ZONAS RURALES

Estado: Vigente

Código: C00011901/2021 - Comprar Textos Legales y Acceso a Boletines Oficiales
7,50 €

Precio Servicio de Descarga de Documentos: Textos legales, convocatorias, impresos solicitud y órganos gestores.

Plazo Presentación de Solicitudes: Vigente.

NOTA: Andaluza de Actividades y Servicios de Consultoría, S.L. es reconocida como Entidad Habilitada para la presentación y tramitación electrónica de las submedidas del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014- 2020 (Ver Noticia).

 

OBJETO

Ayudas al desarrollo de las Zonas Rurales (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural).

BENEFICIARIOS

Personas Físicas y Jurídicas.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

a) Las intervenciones subvencionables correspondientes al eje 1, son las siguientes:

1.º Formación de profesionales del sector agrícola, ganadero, forestal y agroindustrial.

2.º Información relativa a productos, servicios y recursos relacionados con el sector agrícola, ganadero, forestal y agroindustrial.

3.º Modernización de explotaciones agrícolas y ganaderas.

4.º Aumento del valor económico de los bosques.

5.º Aumento del valor añadido de productos agrícolas y ganaderos.

6.º Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías.

7.º Creación y desarrollo de infraestructuras para la adaptación del sector agrícola, ganadero, forestal y agroindustrial.

b) Las intervenciones subvencionables correspondientes al eje 2, son las siguientes:

1.º Conservación de la naturaleza y el paisaje en explotaciones agrícolas y ganaderas.

2.º Conservación de la naturaleza y el paisaje en zonas forestales.

c) Las intervenciones subvencionables correspondientes al eje 3, son las siguientes:

1.º Diversificación hacia actividades no agrarias o ni forestales.

2.º Ayudas a microempresas.

3.º Apoyo a empresas del sector turístico.

4.º Apoyo a las asociaciones empresariales y profesionales turísticas.

5.º Dotación y mejora de servicios, infraestructuras, equipamientos y herramientas de apoyo al turismo rural.

6.º Diseño y promoción de paquetes y servicios turísticos.

7.º Apoyo a empresas que presten servicios a la economía y/o la población rural.

8.º Apoyo a las asociaciones empresariales y profesionales no agrarias.

9.º Dotación y mejora de servicios, infraestructuras, equipamientos y herramientas de apoyo al desarrollo económico sostenible.

10.º Promoción e información relativa a productos, recursos y servicios para el desarrollo económico.

11.º Mejora de los servicios que faciliten el acceso al empleo.

12.º Información, asesoramiento y sensibilización para el fomento de la integración y la vertebración social de la población rural.

13.º Dotación y mejora de servicios, infraestructuras, equipamientos y herramientas para la calidad de vida.

14.º Modernización y adaptación de los municipios rurales y su entorno.

15.º Concienciación, conservación y protección del patrimonio rural.

16.º Formación de profesionales relacionados con la diversificación de la economía rural.

17.º Formación y asesoramiento para la capacitación y la inserción laboral.

18.º Elaboración de estudios, planes y evaluaciones.

19.º Dinamización de agentes y promoción de la estrategia de desarrollo rural.

20.º Adquisición de capacidades por parte del equipo técnico del Grupo de Desarrollo Rural.

GASTOS SUBVENCIONABLES

1. Inversiones:

a) Terrenos: la adquisición de terrenos necesarios para la implantación del proyecto.

b) Traídas y acometidas de servicios.

c) Urbanización.

d) Naves y construcciones.

e) Bienes de equipo de procesos.

f) Bienes de equipo auxiliares.

g) Equipos informáticos o de infraestructura de TIC en general.

h) Adquisición y tratamiento de software.

i) Planificación, ingeniería y dirección facultativa, exclusivamente en el caso de las PYMEs, con una intensidad de ayuda máxima de hasta el 50% de los costes reales en que se haya incurrido.

j) Otras inversiones en activos fijos materiales, no incluidas en los apartados anteriores, necesarias para el proyecto.

k) Inversiones en activos fijos inmateriales consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados. Para las empresas no PYMEs los activos inmateriales incentivables no podrán exceder del 50% del importe de los terrenos, edificios y equipamientos objeto de ayuda.

2. Gastos en:

a) Gastos de constitución y primer establecimiento.

b) Servicios externos para la realización de diagnósticos, estudios y análisis previos, realizados con el objetivo de una mejora sustancial en materia de reingeniería de procesos, incorporación de nuevas tecnologías y/o ayudas para mejorar el proceso de toma de decisiones de la empresa.

c) Servicios externos para la integración de los sistemas de información internos que soportan procesos de negocio tradicionales, con los sistemas que relacionan a las entidades con su entorno exterior, clientes, proveedores, empleados y accionistas.

d) Registros de dominio.

e) Servicios externos iniciales de alojamiento de plataformas web. Servicios que permitan a las entidades disponer de un sistema por el que los usuarios de internet puedan acceder a información, imágenes, vídeo, o cualquier contenido accesible vía web.

f) Servicios externos iniciales de prestación de servicios de aplicaciones informáticas desde un sistema centralizado a través de redes de comunicaciones.

g) Servicios externos iniciales de promoción y difusión de plataforma web.

h) Servicios externos de capacitación específica en sistemas y herramientas de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) implantadas en la empresa.

i) Asesoramiento externo para el diseño de productos, envases y embalajes, maquetas, prototipos y modelos que no puedan ser considerados de I+D+I.

j) Asesoramiento externo para la definición de la estrategia de comunicación y de imagen de la empresa.

k) Servicios externos para la implantación de sistemas de gestión.

l) Servicios externos para certificación de sistemas de gestión y productos.

m) Gastos de Registros de patentes y marcas comerciales destinados a la promoción comercial.

n) Gastos externos de realización de material de promoción, confección y edición de catálogos, folletos, cartelería, etc., exclusivamente para el lanzamiento de nuevos productos o la apertura de nuevos mercados en proyectos de cooperación.

ñ) Gastos externos de comunicación y documentación en los casos de proyectos de difusión, sensibilización y dinamización de proyectos de cooperación.

o) Gastos de desplazamiento y estancia para los proyectos de cooperación internacional e internacionalización.

p) Auditoría de justificación de proyectos: los gastos de auditoría externa necesarios para justificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución del incentivo.

CUANTIA

Hasta el 50% de Inversión Subvencionable.

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Fuente: Andaluza de Actividades y Servicios de Consultoria, S.L.