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Estado: Vigente
Código: Hacienda Autonómica.Contrate el Servicio 24h de Descarga de Documentos y Asesoría. Este servicio lo podrá complementar con nuestra Gestoría Online.
Con nuestro servicio de Asesoría y Gestoría Online, le asesoraremos de la forma más ágil y cómoda para recibir y descargarse todos los documentos necesarios para el trámite que nos solicite, así como contratar la cumplimentación y presentación de los mismos en el órgano correspondiente, pagando por el servicio consumido.
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MODELOS Y DECLARACIONES: Seleccione en la parte superior↑ el/los modelo/s de su interés, así como el servicio de Descarga/Asesoría y Gestoría para su tramitación. Seleccionar también la opción de gestión de pago para no exentos. (IVA no incluido).
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Regulación
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un tributo estatal. Está regulado en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el Reglamento que lo desarrolla es el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre.
En el marco del sistema de financiación, el Estado ha cedido a las Comunidades Autónomas el 100% de su recaudación y el ejercicio de determinadas competencias normativas. En el caso concreto de Andalucía, la regulación de las competencias ejercidas sobre el Impuesto se encuentran recogidas:
Objeto
Son sujetos pasivos del impuesto:
Constituye la base imponible del impuesto:
En algunas comunidades autónomas, este impuesto lo tienen bonificado, aplicándose solamente a casos expcepcionales.
* En menos de 24 horas recibirá nuestra comunicación (petición de documentación) para completar el proceso de contratación e iniciar el servicio de asesoramiento y/o gestoría solicitado.