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SUBVENCIONES PARA PROYECTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE FORESTACIÓN

Estado: Vigente

Código: C1900411/2021 - Comprar Textos Legales y Acceso a Boletines Oficiales
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Precio Servicio de Descarga de Documentos: Textos legales, convocatorias, impresos solicitud y órganos gestores.

Plazo Presentación Solicitudes: Abierto.

 

NOVEDAD (13/07/2021): Operación 8.5.1: Ayuda para inversiones para incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales. Plazo: 30/09/2021

 

OBJETO

Apoyar a las personas titulares de terrenos forestales que pretendan llevar a cabo inversiones en sus fincas, para incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales.

BENEFICIARIOS

Las personas titulares de terrenos forestales, que pretendan realizar inversiones en superficies con usos SIGPAC: Forestal (FO), Pastizal (PS), PR (Pasto Arbustivo) o PA (Pasto Arbolado), ubicadas en zonas rurales andaluzas, siempre y cuando respondan a alguna de las siguientes fórmulas:

1) De carácter privado: Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, sean titulares de terrenos forestales en régimen privado, excluidas fundaciones;

2) De carácter público: Ayuntamientos.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Son subvencionables aquellas inversiones incluidas en los programas de mejora de la vegetación, de la fauna silvestre, de la infraestructura básica y otros recursos, de los Proyectos de Ordenación o Planes Técnicos de Ordenación de Montes, descritos en la ORDEN de 26 de enero de 2004, por la que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de Montes de la Comunidad  Autónoma  de  Andalucía,  siempre  que  se  realicen  sobre  superficie forestal dentro de las zonas rurales cubiertas por el PDR.

Se entenderá por zona forestal todas las superficies objeto de aplicación de la normativa forestal  (Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y la Ley 2/1992,  de 15 de junio, Forestal de Andalucía) siendo subvencionables las operaciones que   se realicen bajo los siguientes usos Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (en adelante SIGPAC): FO (Forestal), PR (Pasto Arbustivo), PS (Pastizal) y PA (Pasto Arbolado), según la definición y clasificación aportada por la Orden de 7 de febrero de 2018, por la que se regula el  procedimiento para el mantenimiento y actualización del Sistema de Información Geográfica  de  Identificación  de  Parcelas  Agrícolas  (SIGPAC),  o  norma  que  la sustituya. Los tipos de actuaciones subvencionables serán:

1. REPOBLACIONES Y DENSIFICACIONES:

1.1. Repoblaciones y densificaciones en determinados Hábitats de Interés Comunitario (HIC).

1.2.   Repoblaciones en sistemas forestales monoespecíficos de eucaliptales y pinares, para diversificar hábitat y paisaje (uso de especies distintas de pino y eucalipto).

1.3.   Densificaciones   en   arboledas   singulares, considerándose   éstas   las incluidas en el Inventario de árboles y arboledas singulares de Andalucía, cuyas capas gráficas están disponibles en la página de esta Consejería. Los costes subvencionables que comprenderán estas actuaciones son:

a) costes de plantación, incluidas las labores preparatorias del terreno.

b) compra de los plantones de vivero.

c) protección individual o colectiva contra herbívora, la cual se ejecutará en todo caso para dar cumplimiento al objeto de la operación.

2.  REGENERACIÓN NATURAL.

Se podrán financiar la regeneración en las formaciones de vegetación mediterránea naturales o subespontáneas. Los costes subvencionables de la operación serán:

a) Resalveo.

b) Protección individual contra herbivoría o colectiva, pudiendo suponer este último gasto la única operación a realizar para regenerar, al ser obligatorio para cumplir el objeto de la regeneración.

3. MEJORA DE LA VEGETACIÓN.

Entre los costes subvencionables se incluirán los siguientes tratamientos selvícolas, siempre que no se realicen sobre fincas con uso principal producción de madera o biomasa:

3.1.  Desbroces, siempre que su objeto no sea el mantenimiento del pasto para ganado.

3.2.  Claras, clareos y cortas sanitarias,

3.3.  Podas de formación y sanitarias.

3.4.  Adquisición y aporte de fertilizante en arbolado adulto de quercíneas.

3.5.  Aplicación de enmiendas cálcicas en arbolado adulto de quercíneas

4.  MEJORA DE LA BIODIVERSIDAD Y EL PAISAJE:

4.1.  Reconstrucción y rehabilitación de muros de piedra.

4.2. Construcción de balsas y charcas de menos de 300 m3, en tierra o en obra de fábrica, con uso distinto de riego y prevención de incendios.

4.3. Mejora de balsas y charcas consistentes en la conexión con abrevaderos para la fauna silvestre, con uso distinto de riego y prevención de incendios.

4.4. Construcción de cerramientos de protección en alcornocal en cotos de caza, financiándose las 30 primeras hectáreas.

4.5.   Creación de setos y sotos, incluida la protección contra herbivoría.

4.6.  Compra e instalación de cajas nido.

4.7.  Construcción de majanos.

4.8.  Construcción de vado sanitario.

Serán subvencionables los gastos asociados a redacciones o revisiones de Proyectos de Ordenación, Planes Técnicos de Ordenación o Planes Técnicos de Caza, que sean necesarios para la materialización de las inversiones anteriormente descritas, así como la redacción de los proyectos de obra que sean necesarios para las actuaciones de construcción o mejora de balsas o charcas.

CUANTÍA

El porcentaje de subvención será del 100% de los gastos subvencionables, con una cuantía máxima de subvención por beneficiario es de 250.000 euros y el mínimo de 1.000 euros. Las personas beneficiarias podrán solicitar el pago anticipado de la subvención aprobada, que tendrán que respaldar con una garantía de buena ejecución mediante resguardo de aval.

Descargar más información sobre Costes Máximos de Referencia (pdf 128 KB)

 

Fuente: Andaluza de Actividades y Servicios de Consultoría, S.L.