☎ 958 076 856 ✆ 958 535 538 | consultoria@andaluzadeactividades.es

AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE CIUDADES INTELIGENTES

Estado: Vigente

Código: C2371109/2020 - Comprar Textos Legales y Acceso a Boletines Oficiales
8,00 €
Por favor, selecciona:
CONTRATAR ONLINE > Servicios de Consultoría Añadidos Opcionales:
Sin Estudio de Viabilidad (Precio Básico - Servicio Descarga Documentos)
Con Estudio de viabilidad para subvencionar el proyecto de inversión. Provisión de Fondos. (85,00 € )
Con Asesoría Jurídica y Técnica para la Gestión del Expediente | Recurso Potestativo de Reposición para Resoluciones Denegatorias. Provisión de Fondos. (575,00 € )
Con Servicio de Gestión Expediente Justificación/Cobro Subvención. (1275,00 € )
Con Servicio de Consultoría Integral. Solicitar propuesta personalizada que incluye la compra obligatoria de Textos Legales Actualizados con Requisitos y Condiciones.

Precio Servicio de Descarga de Documentos: Textos legales, convocatorias, impresos solicitud y órganos gestores.

Plazo Presentación Solicitudes: Vigente.

Descargar NotaProyectos Piloto Inspiradores Málaga y Sevilla. Resolución de la Entidad Pública Empresarial RED.ES por la que se resuelve la concesión de ayudas del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España Pilotos de Edificios Inteligentes.

OBJETO

Concesión de ayudas en especie, de dos líneas de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a ciudades y territorios de menos de 20.000 habitantes de Andalucía, para el desarrollo, ejecución y puesta en marcha de iniciativas de desarrollo inteligente mediante la utilización de las TIC, con la finalidad de impulsar la transformación inteligente de las ciudades y territorios en beneficio de la ciudadanía.

 

BENEFICIARIOS

Entidades locales y ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes, bajo las siguientes modalidades:

Individual: Dirigidas a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía de menos de 20.000 habitantes (según los datos oficiales proporcionados por el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes).

Agrupación: Dirigidas a grupos de dos o más entidades locales de las descritas en el punto anterior. De la Agrupación podrá también formar parte una Diputación provincial, siempre que el ámbito del proyecto presentado se circunscriba a las entidades locales que conforman dicha agrupación.

 

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Ámbito material y naturaleza de los proyectos a subvencionar.

Los proyectos presentados deberán formularse conforme a los siguientes principios:

a) Orientación a la ciudadanía: centro de todos los beneficios de las iniciativas smart.

b) Eficiencia y eficacia: acelerando el proceso de transformación de los servicios públicos.

c) Sostenibilidad: haciendo de la sostenibilidad técnica y económica de las iniciativas de desarrollo inteligente una condición básica obligatoria para hacerlas viables.

d) Transparencia: abriendo la gestión y los resultados del proceso de transformación inteligente a quienes participen.

e) Participación: implicando en el proceso de gobernanza a todo el ecosistema smart andaluz (constituido por empresas, administraciones, asociaciones, habitantes...), garantizando la participación equilibrada de mujeres y hombres en cada parte del mismo.

Cada proyecto podrá actuar sobre ámbitos diferentes dentro de la entidad local individual o que conforman la agrupación, siempre que su alcance se integre en una estrategia global inteligente, y el impacto de las actuaciones que forman parte del proyecto, supongan mejoras cuantificables y medibles en dichos ámbitos.

Los proyectos a presentar por parte de las entidades locales deberán pertenecer a alguno de los ámbitos y áreas competenciales que se describen en el Libro Blanco Andalucía Smart.

La mejora en la gestión y prestación de los servicios públicos deberá constituir el núcleo del proyecto, cuyos objetivos y resultados estarán, en todo caso, plenamente alineados con el modelo de ciudad inteligente de Andalucía establecido en el Libro Blanco Andalucía Smart.

Los proyectos presentados deberán tener como objeto la implementación de al menos una de las soluciones tecnológicas indicadas en el Libro Blanco Andalucía Smart, y contribuir a incrementar el nivel de madurez tecnológico en alguno de los ámbitos del mencionado documento. Para el caso de «Agrupaciones», este incremento deberá ser logrado por cada entidad participante. Será necesario por tanto que, en base al Libro Blanco, los solicitantes realicen previamente un autodiagnóstico para establecer en qué nivel de madurez tecnológico de partida se encuentran, al menos para los ámbitos y áreas competenciales afectados por el proyecto presentado, de manera que quede justificado, para cada ámbito objeto del proyecto, el incremento de nivel.

Cualquiera de los proyectos que se propongan deberán justificar cómo contribuyen a la mejora de la eficiencia de los servicios o ámbitos a los que se destinan.

Todos los proyectos deberán basarse en estándares consolidados y cumplir con el Esquema Nacional de Interoperabilidad, además de tener una clara vocación de reutilización y escalabilidad en otros ámbitos o territorios.

Los proyectos presentados deberán respetar el principio de neutralidad tecnológica y no podrán incluir marcas registradas, ni para el hardware ni para el software.

El proyecto presentado debe estar englobado dentro del correspondiente plan estratégico de desarrollo inteligente (en adelante plan estratégico) del municipio y/o del territorio al que representa la agrupación. En el caso de agrupaciones participadas por una Diputación, será suficiente con estar incluido dentro del plan estratégico provincial de la propia Diputación. Los planes estratégicos a los que se hace referencia deberán estar aprobados con anterioridad a la aceptación de la subvención.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido.

Los proyectos presentados podrán incluir una o varias actuaciones dentro de las siguientes categorías de gastos subvencionables, referidas a alguno de los ámbitos definidos del apartado anterior:

a) Adquisición en propiedad de hardware y software vinculados al proyecto. Estas adquisiciones deberán contemplar una ampliación de garantía de cinco años.

b) Actuaciones basadas en la prestación y operación de servicios de plataforma tecnológica de ciudad en modo «SaaS» (Software as a Service), prestados durante la duración del proyecto, y siempre que dicho periodo no sea superior a tres años.

c) Desarrollo e implantación de servicios de transparencia y apertura de datos en formato abierto.

d) Desarrollo software, incluida la consultoría, análisis y diseño, así como las adaptaciones que sean necesarias.

e) Entrenamiento del personal interno siempre que dicho entrenamiento se encuentre asociado de forma inequívoca al proyecto solicitado.

 

CUANTÍA

La cuantía máxima a subvencionar por parte de la Consejería será de un máximo del 80% del presupuesto del proyecto, correspondiendo por tanto un mínimo del 20%.

 

Fuente: Andaluza de Actividades y Servicios de Consultoría, S.L.