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OBJETO
ICO Crecimiento está dirigido a pymes que por su perfil específico y de carácter innovador, fuerte inversión en intangibles o nivel de endeudamiento enfrentan mayores barreras para acceder a financiación. Con esta iniciativa, el ICO busca complementar al sector privado, cubriendo nichos de financiación desatendidos, y con plazos amplios de amortización.
BENEFICIARIOS
Pequeñas y medianas empresas con sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad en España que quieran financiar la competitividad y/o la internacionalización de la empresa.
Deberán ser sociedades mercantiles y tener una antigüedad mínima de 4 años y las cuentas de los dos últimos años auditadas. En caso de no tener la obligación de alguna de sus cuentas a auditoría externa, deberá someter voluntariamente a revisión los estados financieros de los dos ejercicios cerrados con anterioridad a la solicitud de financiación.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
La adquisición de activos fijos, tangibles, intangibles o financieros y/o el sostenimiento del capital circulante.
Serán financiables los gastos que se hayan realizado o, en su caso, iniciada su realización 12 meses antes de la solicitud de financiación.
Se financiará hasta el 80% del valor de la inversión objeto de la financiación, hasta el 100% de las necesidades de liquidez para capital circulante.
Activos fijos:
- Adquisición y acondicionamiento de terrenos para su utilización en la producción de los bienes y servicios que constituyen la actividad principal de la empresa.
- Adquisición y construcción de naves industriales, e instalaciones técnicas para el desarrollo de la actividad principal de la empresa.
- Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red, siempre que los proyectos no superen una potencia de 30 MWp.
- Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
- Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
- Mobiliario.
- Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación, salvo que el objeto social de la empresa solicitante consista en el arrendamiento de estos. No es financiable la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera.
- Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones informáticas.
- Adquisición de participaciones empresariales para ampliar la capacidad productiva de la empresa, mejorar las condiciones de acceso a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave para el proceso productivo de la empresa.
- Adquisiciones de acciones propias por parte de la empresa familiar hasta el límite establecido en la Ley de Sociedades de Capital para facilitar el relevo generacional de los accionistas mayoritarios.
Sostenimiento del capital circulante:
- Contratación de la mano de obra.
- Adquisición de bienes y servicios ligados al ciclo de explotación.
- Financiación de clientes.
- Inversiones en existencias.
- Tesorería operativa de la empresa.
- Cancelación de la deuda a corto plazo de naturaleza comercial y financiera.
Además, serán financiables los gastos de consultoría necesarios para optar a la financiación.
SECTORES ELEGIBLES
Sectores innovadores, modelos de negocio basados en intangibles, o con ratios de endeudamiento elevados pero sostenibles, que, siendo viables, encuentran dificultades para acceder a la financiación bancaria tradicional.
Aquellos que contribuyan a objetivos estratégicos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, siendo los sectores prioritarios los que se detallan a continuación:
- Aumento de producción de energías renovables.
- Eficiencia energética.
- Descarbonización de la economía.
- Movilidad eléctrica.
- Digitalización de tejidos empresariales y procesos productivos.
- Desarrollo de infraestructuras sostenibles.
- Biotecnología.
- Agricultura sostenible.
- Sostenibilidad, bioeconomía y circularidad.
No serán elegibles los siguientes sectores de actividad:
- Actividades ilegales, vulneración de Derechos Humanos o legislación medioambiental/laboral.
- Pornografía, prostitución, armas y municiones (salvo excepciones reguladas), casino y juego.
- Medios de comunicación social, proyectos con fines religiosos o políticos.
- Empresas incluidas en listas de sanciones internacionales o con matriz en jurisdicciones no cooperativas.
- Empresas financieras, de seguros o intermediación (excepto fintech o insurtech).
CUANTÍA Y AMORTIZACIÓN
Cuantías mínimas de 50.000,00 € para financiar hasta el 80% del valor de la inversión objeto de la financiación y hasta el 100% de las necesidades de liquidez para el capital circulante, con un tipo de interés entre el 0,75 y el 1,75 + Euribor (año), y con plazos de amortización para operaciones de inversión de hasta 10 años incluyendo hasta 2 años de carencia, y para operaciones de circulante 5 años con 1 de carencia.















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