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PROGRAMA DE AYUDAS I+D+i PARA COLABORACIÓN EN RETOS DE LA SOCIEDAD

Estado: Vigente

Código: S2681805/2021 - Comprar Textos Legales y Acceso a Boletines
5,00 €
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Sin Estudio de Viabilidad (Precio Básico - Servicio Descarga Documentos)
Con Estudio de viabilidad para subvencionar el proyecto de inversión. Provisión de Fondos. (+75,00 € )
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Con Servicio de Consultoría Integral. Solicitar propuesta personalizada que incluye la compra obligatoria de Textos Legales Actualizados con Requisitos y Condiciones.

Precio Servicio de Descarga de Documentos: Textos legales, convocatorias, impresos solicitud y órganos gestores.

Plazo Presentación Solicitudes: Vigente.

 

OBJETO

El objetivo de la convocatoria Retos-Colaboración es el apoyo a proyectos en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios.

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las entidades que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, tengan residencia fiscal, o un establecimiento permanente en España y pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley14/2011, de 1 de junio.

b) Universidades públicas.

c) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.

d) Otros centros públicos de I+D.

e) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud en el registro de centros regulado por el Real Decreto2093/2008, de 18 de diciembre.

f) Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.

g) Otros centros privados de I+D. Centros con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D como actividad principal.

h) Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado. Solo podrán adquirir la condición de beneficiarias aquellas empresas, cuya constitución o inicio de actividad haya tenido lugar con anterioridad al primer día del mes anterior al de la fecha de publicación de la convocatoria.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Con estos proyectos se pretende estimular la generación de una masa crítica en I+D+I de carácter interdisciplinar necesaria para avanzar en la búsqueda de soluciones de acuerdo con las prioridades establecidas en los Retos, promover la creación de empresas innovadoras, orientar la actividad de empresas ya existentes hacia la actividad innovadora, movilizar la inversión privada, generar empleo y mejorar la balanza tecnológica del país, así como reforzar la capacidad de liderazgo internacional del Sistema Español de Ciencia Tecnología e Innovación y de sus agentes, contribuyendo a mejorar la competitividad del tejido empresarial.

CUANTÍA

a) Para proyectos de investigación fundamental: 100 por ciento del coste financiable.

b) Para proyectos de investigación industrial: 50 por ciento del coste financiable.

c) Para proyectos de desarrollo experimental: 25 por ciento del coste financiable.

d) Para estudios de viabilidad: 50 por ciento del coste financiable.

e) Para las ayudas mencionadas en el artículo 9.2, e): 50 por ciento del coste financiable.

f) Para innovación en materia de procesos y organización: 50 por ciento del coste financiable para las PYME, y 15 por ciento para las grandes empresas.

g) Para las ayudas a la formación: 50 por ciento del coste financiable, que podrá incrementarse hasta un máximo del 70 por ciento de los costes subvencionables en 10 puntos porcentuales si la formación se imparte a trabajadores con discapacidad o a trabajadores desfavorecidos, en 10 puntos porcentuales si la ayuda se concede a medianas empresas, y en 20 puntos porcentuales si se concede a pequeñas empresas.

 

 

Fuente: Andaluza de Actividades y Servicios de Consultoría, S.L.