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AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE DESTINOS TURÍSTICOS INTELIGENTES

Estado: Vigente

Código: S2862202/2018 - Comprar Textos Legales y Acceso a Boletines
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Precio Servicio de Descarga de Documentos: Textos legales, convocatorias, impresos solicitud y órganos gestores.

Plazo Presentación Solicitudes: Vigente.

Descargar Nota: Resolución de la Entidad Pública Empresarial RED.ES por la que se resuelve la concesión de ayudas del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España de Destinos Turísticos Inteligentes.

 

OBJETO

Proyectos que promuevan la digitalización de los miembros titulares de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes (en adelante, Red DTI) gracias al desarrollo e implantación de tecnologías en los destinos, en el marco de del Plan de Recuperación de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, Plan de Recuperación)

BENEFICIARIOS

Serán considerados beneficiarios las entidades locales que forman parte de la Red de destinos Turísticos Inteligentes, será de aplicación a todas las entidades locales integradas en la Red DTI en el momento de solicitar estas ayudas:

a)  Los municipios, representados por sus respectivos ayuntamientos, y las provincias e islas a través de las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, con independencia de su tamaño y población.

b) Las Comarcas o mancomunidades u otras entidades locales de base agrupacional.

c) Las agrupaciones de entidades locales que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

La subvención tiene el carácter de ayuda en especie, dichas actuaciones serán ejecutadas por el órgano competente. Las actuaciones a realizar en cada iniciativa serán aquéllas necesarias para el desarrollo de la misma y su puesta en producción, pudiendo incluir:

1. Consultoría y análisis.

2. Dotación de infraestructura tecnológica.

3. Implantación de soluciones software.

4. Dotación de servicios de comunicaciones, cloud, servicios profesionales u otros, por el plazo estrictamente necesario para la implantación y puesta en producción de la iniciativa. El beneficiario deberá asumir íntegramente el coste de esos servicios una vez se haya concluido la implantación de la iniciativa.

5. Actuaciones que permitan la puesta a disposición de datos en formato abierto, así como su uso automatizado.

6. Desarrollo de aplicaciones software finalistas para el ciudadano y el visitante (aplicaciones o portales).

7. Capacitación de personal de la Administración, siempre que ésta se encuentre asociada indubitadamente a la infraestructura o a los servicios del proyecto.

8. Labores de comunicación.

9. Labores de control, evaluación, de medida de impacto o de auditoría.

CUANTÍA

La cuantía total de la subvención que se conceda a consecuencia de las solicitudes presentadas de acuerdo con la convocatoria será de 6 millones de euros y dependerá del número de habitantes que los beneficiarios tengan dentro de su demarcación, conforme a los datos del real decreto por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal a fecha de 1 de octubre de 2021 en el momento de presentar la solicitud:

a) Municipios de más de 300.000 habitantes: inversión máxima de 300.000,00 de euros.

b) Municipios de entre 100.000 y 300.000 habitantes: inversión máxima de 200.000,00 euros.

c) Municipios de menos de 100.000: inversión máxima de 100.000,00 euros.

d) Agrupaciones de entidades locales, cabildos y diputaciones provinciales de más de 500.000 habitantes: inversión máxima de 500.000,00 de euros.

e) Agrupaciones de entidades locales, cabildos y diputaciones provinciales de entre 200.000 y 500.000 habitantes: inversión máxima de 350.000,00 euros.

f) Agrupaciones de entidades locales, cabildos y diputaciones provinciales de menos de 200.000: inversión máxima de 200.000,00 euros. 

 

Fuente: Andaluza de Actividades y Servicios de Consultoría, S.L.