El importe de SUBVENCIÓN podrá ser de hasta el 75% del presupuesto de la inversión subvencionable, impuestos excluidos. La subvención se podrá complementar con PRÉSTAMOS BLANDOS por el importe restante de la inversión no subvencionada a fondo perdido. Estos préstamos tendrán un plazo de amortización de 12 años con 1 año de carencia, a un tipo de interés del 0,00% + Euribor. Para la aprobación del préstamo habrá que constituir una garantía (aval o seguro de caución) equivalente al 20% del importe del presupuesto subvencionable. Más info
Fuente: Andaluza de Actividades y Servicios de Consultoría, S.L.