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Incidencia de la nueva Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas en la gestión, abono y reintegro de ayudas y subvenciones públicas.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

jueves 9 de febrero, 2023

Nuevos requisitos de morosidad a los beneficiarios de subvenciones.

La Ley de Morosidad (Ley 3/2004, de 29 de diciembre) establece los plazos de pago y los intereses de demora que deben aplicarse en las relaciones comerciales entre empresas y la Administración Pública. Esta nueva ley conocida como la Ley Crea y Crece puede tener implicaciones en la concesión, cobro y reintegro de subvenciones y ayudas públicas a empresas y entidades públicas que incumplan los plazos (30 días naturales o 60 días naturales mediante pacto entre las partes) previstos en la Ley de Morosidad, pudiendo dar lugar a la no concesión de la subvención, e incluso al reintegro de esta, una vez abonada.

Este nuevo requisito que han de cumplir las empresas en los pagos a sus proveedores viene recogido en el artículo 11 de la Ley 18/2002 Crea y Crece con el siguiente tenor literal:

Artículo 11. Modificación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, queda modificada en los siguientes términos:

Uno. Se introduce un nuevo apartado 3 bis al artículo 13, con la siguiente redacción:

«3 bis. Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando los solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, no podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la citada ley.

Esta circunstancia se acreditará por parte de las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 del Reglamento de esta ley. Para las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada se establece la necesidad de acreditar el cumplimiento de los plazos legales de pago mediante certificación, emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que atenderá al plazo efectivo de los pagos de la empresa cliente con independencia de cualquier financiación para el cobro anticipado de la empresa proveedora.»

Dos. Se modifica el apartado 4 del artículo 13, con la siguiente redacción:

«4. Las prohibiciones contenidas en los párrafos b), d), e), f), g), h), i) y j) del apartado 2 y en los apartados 3 y 3 bis de este artículo se apreciarán de forma automática y subsistirán mientras concurran las circunstancias que, en cada caso, las determinen.»

Tres. Se modifica el apartado 2 del artículo 31, con la siguiente redacción:

«2. Salvo disposición expresa en contrario en las bases reguladoras de las subvenciones, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación determinado por la normativa reguladora de la subvención.

Cuando el beneficiario de la subvención sea una empresa, los gastos subvencionables en los que haya incurrido en sus operaciones comerciales deberán haber sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.»

La Unión Europea, así como la Administración General del Estado y la Administración Autonómica, han desarrollado mecanismos para que estas malas prácticas puedan ser denunciadas de forma anónima por las empresas y entidades afectadas, y cuyos enlaces para su denuncia detallamos a continuación.  

 

Canales de denuncia

Buzón antifraude - Canal de denuncias del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia

Comunicación de información sobre fraudes o irregularidades que afecten a fondos europeos