☎ 958 076 856 ✆ 958 535 538 | consultoria@andaluzadeactividades.es

Residuos

Estado: Vigente

Código: MA

Contrate el Servicio 24h de Descarga de Documentos y/o Gestoría Online.

Con nuestro servicio de Asesoría y Gestoría Online, le asesoraremos de la forma más ágil y cómoda para recibir y descargarse todos los documentos necesarios para el trámite que nos solicite, así como contratar la cumplimentación y presentación de los mismos en el órgano correspondiente, pagando por el servicio consumido.

REGISTRA tu EMPRESA para recibir INFORMACIÓN, AYUDAS y ASESORAMIENTO.

 

TRAMITES EN MATERIA DE RESIDUOS.

- Aprobación del Plan Empresarial de Prevención de Residuos de Envases.

Según la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, los responsables de la puesta en el mercado de productos envasados o de envases industriales o comerciales, que tras su uso generen una cantidad de residuos de envases superior a la que determine el Gobierno o, en su caso, las Comunidades Autónomas, estarán obligados a elaborar planes empresariales de prevención para minimizar y prevenir en origen la producción y la nocividad de los residuos de envases que se generen.

De esta manera, los envasadores que, a lo largo de un año natural, pongan en el mercado una cantidad de envases que supere los umbrales establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, tendrán que presentar un Plan Empresarial de Prevención de Envases ante cada una de las Comunidades Autónomas donde deban ser ejecutadas las medidas contempladas en los mismos para su aprobación.

< Pídanos presupuesto para este servicio AQUÍ >

- Autorización de las instalaciones de tratamiento de residuos.

Obtener la autorización para las instalaciones ubicadas en Andalucía donde vayan a desarrollarse operaciones de valorización o eliminación de residuos, incluida la preparación anterior a dichas operaciones y el almacenamiento en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento. Asimismo, se deberá obtener autorización para la ampliación, modificación sustancial o traslado de dichas instalaciones.

Las autorizaciones de tratamiento de residuos se integrarán en los procedimientos de autorización ambiental integrada o autorización ambiental unificada, en los casos en que dichas actividades estén sujetas a dichos procedimientos de prevención ambiental, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 9 de julio, y en la Ley 22/2011, de 28 de julio.

< Pídanos presupuesto para este servicio AQUÍ >

- Autorización de las personas o entidades que realizan operaciones de tratamiento de residuos.

Quedan sometidas al régimen de autorización administrativa por el órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma donde tengan su sede, las personas o entidades que realicen operaciones de tratamiento de residuos.

Cuando estas personas o entidades sean las mismas que las titulares de las instalaciones donde se realizan operaciones de tratamiento de residuos, la Consejería unificará ambas autorizaciones en una sola que comprenda la de la instalación y la de la actividad.

Por otra parte, las autorizaciones para las instalaciones de tratamiento de residuos se integrarán en los procedimientos de autorización ambiental integrada o autorización ambiental unificada, en los casos en que dichas actividades estén sujetas a dichos procedimientos de prevención ambiental, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 9 de julio, y en la Ley 22/2011, de 28 de julio.

< Pídanos presupuesto para este servicio AQUÍ >

- Autorización de sistemas colectivos de gestión de residuos.

Las personas físicas o jurídicas que, de forma profesional, desarrollen, fabriquen, procesen, traten, vendan o importen productos que con el uso se convierten en residuos, en aplicación de la responsabilidad ampliada y con la finalidad de promover la prevención y de mejorar la reutilización, el reciclado y la valorización de residuos podrán ser obligadas a adoptar las medidas que se establezcan conforme el artículo 31.3 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, pudiéndose dar cumplimiento a dichas obligaciones de forma individual o colectiva.

Los sistemas de gestión asumen la responsabilidad de la correcta organización de la gestión de los residuos, para lo cual podrán gestionar los residuos bien por sus propios medios, cuando éstos estén debidamente registrados, o bien a través de personas o entidades gestoras autorizadas o registradas.

Los sistemas colectivos deberán revestir la forma de asociación o de otra entidad con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, y deberán ser autorizados previamente al inicio de sus operaciones.

< Pídanos presupuesto para este servicio AQUÍ >

- Autorización para la aplicación de tratamientos distintos a los del Catálogo de Residuos de Andalucía.

El Catálogo de Residuos de Andalucía, aprobado por el Decreto 73/2012, de 20 de marzo, establece los tratamientos finales obligatorios de valorización y eliminación que tienen que recibir los residuos producidos o gestionados en Andalucía en función de la categoría a la que pertenezcan de acuerdo con la Lista Europea de Residuos de la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.

Las entidades afectadas serán persona física o jurídica productora o gestora de residuos que pretenda realizar un tratamiento diferente al establecido en el Catálogo de Residuos de Andalucía.

< Pídanos presupuesto para este servicio AQUÍ >

- Comunicación de empresas que transportan residuos con carácter profesional.

Realizar la comunicación previa al inicio de su actividad aquellas entidades o personas que transporten residuos con carácter profesional, conforme lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y el artículo 41 del Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía.

Asimismo, dichas entidades o personas deberán comunicar los cambios que tengan lugar en sus actividades de gestión, en especial cuando se trate de modificaciones en la relación de residuos gestionados o en las operaciones que realicen con residuos.

< Pídanos presupuesto para este servicio AQUÍ >

- Comunicación de la constitución voluntaria de un Sistema de Depósito, Devolución y Retorno de envases industriales o comerciales usados.

Comunicar los envasadores la puesta en el mercado de la totalidad o parte de sus productos, de manera voluntaria, a través de un Sistema de Depósito, Devolución y Retorno de Residuos de Envases y Envases Usados, siempre que sean envases industriales o comerciales y no se hayan acogido a la disposición adicional primera de la Ley 11/97, de 24 de abril.

Se consideran envases industriales o comerciales, aquellos que sean de uso y consumo exclusivo en las industrias, comercios, servicios o explotaciones agrícolas y ganaderas y que, por tanto, no sean susceptibles de uso y consumo ordinario en los domicilios particulares.

< Pídanos presupuesto para este servicio AQUÍ >

 

En menos de 24 horas recibirá nuestra comunicación (petición de documentación) para completar el proceso de contratación e iniciar el servicio de asesoramiento y/o gestoría solicitado.