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Agenda España Digital 2025|ENIA

PROGRAMA MISIONES I+D INTELIGENCIA ARTIFICIAL

Estado: Vigente

Código: S152308/2021 - Comprar Textos Legales y Acceso a Boletines
7,00 €

Precio Servicio de Descarga de Documentos: Textos legales, convocatorias, impresos solicitud y órganos gestores.

Plazo Presentación Solicitudes: Cerrado.

 

OBJETO

El objeto de estas ayudas es la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental para la transformación digital de la economía y la sociedad, en materia de inteligencia artificial (ENIA).

 

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios las siguientes entidades, que deberán estar constituidas jurídicamente con anterioridad al 31 de diciembre de 2018, salvo que procedan de otras preexistentes por cambio de denominación, fusión (por absorción o cesión) y escisión de sociedades, en los términos contemplados en la ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles:

1.º Empresas.

2.º Organismos de investigación y difusión de conocimientos.

3.º Asociaciones empresariales.

Los proyectos deberán realizarse en la modalidad de cooperación, en la que para cada agrupación se exige que participe, al menos, una gran empresa (con un presupuesto máximo que no supere el 50 % del presupuesto total), un organismo de investigación y difusión del conocimiento y cinco pymes (que cuenten, al menos, con un 20 % del presupuesto total).

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Para lograr esta transformación digital de la economía y la sociedad se plantean las siguientes misiones o ámbitos temáticos según se recogen en el anexo I de esta convocatoria, en las siguientes áreas: agroalimentaria, salud, medio ambiente, energía siglo XXI y empleo. Podrán recibir ayudas los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, en materia de Inteligencia artificial (IA).

Los proyectos deberán tener un presupuesto mínimo de 10 millones de euros y un máximo de 20 millones de euros. Además, no existirá ninguna entidad con un presupuesto superior al 50 % del presupuesto financiable del proyecto y la suma del presupuesto financiable de todas las pymes participantes en el proyecto será, al menos, del 20 % del presupuesto financiable total del proyecto.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

Serán subvencionables los siguientes gastos:

a) Gastos de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.

b) Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto. Únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.

c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

d) Gastos generales directamente derivados del proyecto.

e) Otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.

 

CUANTÍA

Las entidades que participen en esta convocatoria podrán obtener un importe máximo de subvención, expresado como porcentaje del presupuesto financiable, de acuerdo con el tipo de entidad y el criterio de madurez tecnológica:

a) Proyectos de investigación industrial: 80 % para pequeñas empresas, 75 % para medianas empresas y 65 % para grandes empresas, siempre que en la evaluación del criterio de innovación tecnológica se alcance una nota mayor de 21 puntos. Los proyectos de investigación industrial podrán recibir una subvención máxima por agrupación de 20 millones de euros.

b) Proyectos de desarrollo experimental: 60 % para pequeñas empresas, 50 % para medianas empresas y 40 % para grandes empresas, siempre que en la evaluación del criterio de innovación tecnológica se alcance una nota mayor de 12 puntos. Los proyectos de desarrollo experimental podrán recibir una subvención máxima por agrupación de 15 millones de euros.

 


 

Fuente: Andaluza de Actividades y Servicios de Consultoría, S.L.