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PROGRAMA DE INTERMEDIACIÓN EN EL MERCADO DE ALQUILER PROTEGIDO (PIMA)

Estado: Vigente

Código: 19
7,00 €

El Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Viviendas gestiona una bolsa de viviendas deshabitadas para su arrendamiento a personas con ingresos limitados.

PARA ALQUILAR UNA VIVIENDA PUBLICADA EN EL PIMA (INQUILINO)

Si estás interesado en un alquiler protegido de  una vivienda publicada en el PIMA:

- Debes inscribirte o estar ya inscrito en cualquier Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida (RMDVP). Infórmate de los requisitos que debes reunir (RMDVP).

- Además, debes solicitar que te incluyan en este nuevo programa. En el RMDVP te facilitarán la solicitud.

- No se requiere que la vivienda que elijas esté ubicada en el municipio donde estés inscrito.

- Si estás interesado en alguna de las viviendas publicadas en el PIMA debes ponerte en contacto con el agente colaborador de este programa que gestiona la vivienda. Él se encargará de ayudarte a formalizar tu contrato.


PARA PROMOCIONAR UNA VIVIENDA PARA ALQUILER EN EL PIMA (PROPIETARIO)

Asegúrate de que tu vivienda :

- Dispone de referencia catastral.

- No es protegida calificada para el alquiler.

- No esta arrendada, ocupada, ni sometida a cualquier limitación que impida arrendarla.

- Reúne las condiciones generales de adecuación estructural, constructiva y de habitabilidad.

- Dispone de certificación de eficiencia energética de edificios. Si aún no la tienes, ahora puedes solicitarla.

- Compromiso de fijar una renta de alquiler anual no superior a 7.200 euros.

Como agente colaborador nos encargaremos de la tramitación para la inclusión y publicación de tu vivienda en nuestra bolsa de inmobiliaria. Para ello te facilitará el modelo y la cumplimentación de la solicitud de inclusión de vivienda en el programa, que además será presentada en tu nombre.

 

ACÓGETE A NUESTROS BENEFICIOS

Si aún no dispones de la certificación energética de edificios puedes presentar la solicitud, junto con la solicitud de inclusión en el PIMA. Esta certificación es necesaria, a partir del 1 de junio de 2013 ( disposición transitoria primera del RD 135/2013, de 5 de abril ) para hacer publicidad de tu vivienda, alquilarla o venderla. Recuerda que si solicitas que te la emitan gratuitamente deberás comprometerte a mantener tu vivienda en este programa, al menos durante el plazo de un año, o hasta que hayas firmado un contrato de arrendamiento.

El agente colaborador ofrecerá tu vivienda a las personas inscritas en un Registro municipal de Demandantes de vivienda Protegida que puedan estar interesadas, y si llegáis a un acuerdo os asistirá para la formalización del contrato de arrendamiento y asignará el contrato al PIMA.

La pertenencia al PIMA te posibilitará ser beneficiario de una póliza de seguro e impago de renta de alquiler y multirriesgo del hogar. Para ello se le informará sobre los requisitos, se le ayudará a cumplimentar el modelo de solicitud y lo presentaremos telemáticamente en su nombre, siempre que lo autorice.

La contratación de las pólizas de seguro que dan cobertura a los contratos de arrendamiento que se concierten dentro del PIMA, se adjudicó mediante Resolución de la Consejería de Fomento y Vivienda el 7 de noviembre de 2013 a Generali España S.A. de Seguros y Reaseguros, formalizándose el contrato el 2 de diciembre de 2013.

Debe saber que el Agente Colaborador podrá fijar su comisión y percibir por su gestión , como máximo, una mensualidad de alquiler establecido en el contrato de arrendamiento, que se devengará en el momento de su firma. Esta cantidad será abonada por el propietario de la vivienda.

Acceder al Informe de Fiscalidad de la Vivienda.


Fuente: Andaluza de Actividades y Servicios de Consultoría, S.L.