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Censo de obligados tributarios (Personas Físicas, Empresas, Autónomos y Sociedades Civiles)

Estado: Vigente

Código: CENS036037
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Modelo 030, 036 y 037. Censo de obligados tributarios-Declaración censal de alta, cambio de domicilio y/o de variación de datos personales, y Censo de empresarios, profesionales y retenedores - Declaración censal de alta, modificación y baja y declaración censal simplificada.

Modelos  IAE 840 / 848: Tributación en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Las personas físicas, jurídicas y las entidades a que se refiere el art. 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Con nuestro servicio de Asesoría y Gestoría Online, podrá recibir y descargarse todos los documentos necesarios para el trámite solicitado, así como contratar la cumplimentación y presentación de los mismos en el órgano correspondiente.

Modelo 030. Censo de obligados tributarios-Declaración censal de alta, cambio de domicilio y/o de variación de datos personales.

Modelos 036 y 037. Censo de empresarios, profesionales y retenedores - Declaración censal de alta, modificación y baja y declaración censal simplificada.

Modelos  IAE 840 / 848: Tributación en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Las personas físicas, jurídicas y las entidades a que se refiere el art. 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, siempre que realicen en territorio nacional actividades empresariales, profesionales o artísticas. No obstante, se encuentran exentos del Impuesto entre otros:

- Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español, durante los dos primeros períodos impositivos de este impuesto en que se desarrolle aquélla (artículo 82.1 b) del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

- Los siguientes sujetos pasivos (artículo 82.1 c) del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales):

- Las personas físicas.

- Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica que constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición (artículo 35.4 de la Ley General Tributaria), que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.

- Los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en España mediante establecimiento permanente siempre que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.

Modelo 840 de declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas:  Para presentar declaraciones del impuesto de alta, baja o variación. No obstante, en el caso de cuotas municipales, cuando la gestión censal del impuesto esté delegada en alguna entidad local, las declaraciones se presentarán en la entidad que tiene delegada la gestión censal y en el modelo que éstas tengan aprobado.

Modelo 848 de comunicación del importe neto de la cifra de negocios: Los sujetos pasivos que tributen efectivamente por el impuesto deben presentar dicho modelo para consignar el importe neto de su cifra de negocios, salvo que hayan hecho constar dicho importe en la declaración del Impuesto de Sociedades, la del Impuesto sobre la Renta de No Residentes o en el modelo 184 de declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas. Se presenta entre el día 1 de enero y el 14 de febrero del ejercicio en que deba surtir efectos dicha comunicación en el IAE.

En menos de 24 horas recibirá nuestra comunicación (petición de documentación) para completar el proceso de contratación e iniciar el servicio de asesoramiento y/o gestoría solicitado.